¿Puede un trabajador dejar de ir a su trabajo este miércoles por la borrasca? UGT aclara este aspecto en un comunicado donde deja claro que en primer lugar, y de acuerdo con el artículo 37.3 g) del Estatuto de los Trabajadores (ET), en caso de que se produzcan fenómenos adversos que impidan el desplazamiento al puesto de trabajo ante la posibilidad de poner en riesgo la integridad física de la persona trabajadora, el ET obliga a las empresas a conceder una licencia retribuida de hasta cuatro días por la imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acudir al mismo. Todo ello, de acuerdo con las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones que, al respecto, dicten las autoridades competentes.