En artículos anteriores he compartido con los lectores de este medio de comunicación algunas reflexiones personales respecto a una problemática (acoso escolar) extendida en nuestro sistema educativo. Una problemática cuyas graves consecuencias exige a las administraciones competentes respuestas convincentes. En mi último artículo sobre esta problemática ampliaré mis observaciones al tratamiento jurídico de un fenómeno enmarcado en la minoría de edad a la que no es de aplicación la ley penal vigente, pero a la que sí es aplicable la Ley del Menor, circunstancia a tener muy en cuenta por los progenitores de quienes presuntamente son acusados de esta práctica.
